• 01

    ¿Qué es el robo de salario y cómo sé si me está ocurriendo?

    El robo de salario se produce cuando una empresa o empleador no paga una parte o la totalidad del salario de un trabajador.

    Algunas formas en que un empresario puede cometer robo de salario son:

    • No pagar el salario mínimo. Los empresarios tienen que pagar al menos el salario mínimo de DC de 17,50 $ por hora. A veces, su empresario puede tener que pagarle un salario mínimo más elevado. Si trabajas con propinas, tu salario por hora debe ser de al menos 10,00 $ la hora, pero incluso así el total que ganes incluyendo las propinas en una semana determinada debe ser al menos el salario mínimo de 17,50 $ de DC. Si no es así, su empresario tiene que pagarle la diferencia.
    • No pagar el salario prometido. Aunque su empresario sólo le haya dicho verbalmente cuánto le va a pagar, debe abonarle al menos esa cantidad.
    • Hacerte trabajar fuera de horario. Debe cobrar por todo el tiempo que trabaje y su empresario no puede exigirle que fiche y siga trabajando.
    • No pagar las horas extraordinarias. La mayoría de los empleados que trabajan más de 40 horas semanales tienen derecho a cobrar 1,5 veces su salario habitual por cada hora trabajada después de las 40 horas.
    • No pagar a tiempo. Tiene derecho a cobrar su salario en días de pago regulares, normalmente al menos una o dos veces al mes. Puede tener derecho a cobrar daños y perjuicios por salarios atrasados.
    • No pagar tu salario íntegro. Los empresarios no pueden descontar dinero de tu salario para uniformes, herramientas u otros suministros necesarios para el trabajo si el resultado es que quedas ganando menos del salario mínimo.
    • No pagar nada. Su empresario no puede negarle el salario que ha ganado. Punto.
  • 02

    ¿Qué puedo hacer si me deben un salario?

    Tienes derecho a exigir tu salario. Puede presentar una reclamación ante la Oficina de Salarios y Horas del Departamento de Servicios de Empleo de DC si cree que su empresario no le ha pagado todos los salarios que le debe. También puede optar por escribir a su empresario una carta reclamándole el salario o demandarle ante los tribunales. Para más información, consulte la sección de ayuda.

    Si usted presenta una demanda ante la Oficina de Salarios y Horas de DC, tienen hasta 60 días para investigar su reclamación y hacer una determinación inicial sobre si se le deben salarios o no. Si deciden en su contra, puede recurrir su caso ante un juez administrativo. Transcurridos 60 días, si la Oficina de Salarios y Horas no ha podido tomar una decisión, puede acudir directamente a un juez administrativo, que tomará una decisión formal basada en las pruebas, o fallará a su favor si su empresario no comparece. Si tu empleador no te paga tu salario después de que un juez se lo haya ordenado, la ciudad puede tomar medidas para suspender su licencia comercial hasta que pague.

    Si necesita ayuda jurídica, póngase en contacto con el Comité de Abogados de Washington

  • 03

    ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar mi salario?

    El tiempo del que dispone para reclamar los salarios impagados se denomina plazo de prescripción. En DC, el plazo de prescripción para reclamar salarios impagados es de hasta tres años, o más en determinados casos.Por ejemplo, si empiezas un nuevo trabajo el 1 de julio de 2024 y te pagan menos del salario mínimo, tendrás al menos hasta el 1 de julio de 2027 para presentar una reclamación. Para el 2 de julio de 2027, todavía puedes presentar una demanda, pero es posible que no puedas obtener la parte de tu salario de más de tres años antes de presentar la demanda.

    Una vez que presente una demanda, o una reclamación ante la Oficina de Salarios y Horas, el tiempo que tarde en atenderse la reclamación no contará para el límite de tres años.

  • 04

    ¿Qué pasa si no tengo ningún justificante del salario que me deben?

    Tu palabra, tu memoria, las notas que tomaste y la palabra de otros trabajadores pueden ayudar a demostrar la cantidad de trabajo que hiciste, el salario que te prometieron y cuánto te deben. Los talones de pago, los contratos y otras pruebas escritas son útiles para que tu caso sea aún más sólido, pero tienes derecho a exigir los salarios que te deben incluso sin pruebas escritas.

    Tu empleador también tiene que darte las condiciones de trabajo por escrito cuando empieces a trabajar, incluido el salario, la fecha de inicio y el horario habitual, en inglés y en tu lengua materna, y deben estar firmadas por los dos. Si su empleador nunca le dio un preaviso por escrito, se presumirá que su versión de los hechos es cierta, y su empleador es quien tiene que demostrarlo.

  • 05

    ¿Qué ocurre si mi empresario toma represalias contra mí por reclamar mi salario?

    Tiene derecho a no sufrir represalias por parte del empresario.

    Es ilegal que un empresario tome represalias contra un trabajador de cualquier forma por presentar una reclamación por salarios impagados, o por preguntar directamente a su empresario por los salarios. Si su empresa toma alguna medida contra usted en los 90 días siguientes a la presentación de una denuncia formal o informal, existirá la presunción de que su empresa ha tomado represalias contra usted. Si su empleador toma represalias contra usted, es posible que pueda cobrar una indemnización por daños y perjuicios de entre 1.000 y 10.000 dólares.

  • 06

    ¿Puedo exigir a mi empresario que me pague algo más que el salario que me debe?

    Tienes derecho a cobrar una indemnización por los salarios impagados.

    Cuando alguien no cobra su salario, puede sufrir graves consecuencias, como retrasarse en el pago de las facturas, pedir préstamos de alto coste e incluso perder su vivienda. Tienes derecho a exigir una indemnización por daños y perjuicios, que aumenta por cada uno de los 30 primeros días de retraso en el pago de los salarios que te deben.

  • 07

    ¿Tengo derecho a reclamar mis salarios impagados si estoy indocumentado?

    Sí, tienes derecho a reclamar los salarios que te deben independientemente de tu estatus migratorio.

  • 08

    ¿Y si me pagan en efectivo?

    Sí, tienes derecho a exigir el salario que te deben si te pagan en metálico.

  • 09

    ¿Tengo los mismos derechos si soy contratista independiente?

    No, los contratistas independientes suelen tener menos protecciones que los empleados. Por ejemplo, los contratistas independientes no tienen derecho al salario mínimo ni a las horas extraordinarias. Por eso es importante saber si su empresario le ha clasificado correctamente como contratista independiente, o si en realidad tiene derecho a ser clasificado como trabajador por cuenta ajena. La prueba para esto es complicada y debe ser algo que usted discute con un abogado, pero es más probable que usted será considerado un empleado si:

    1. tu jefe te dice cuándo tienes que ir a trabajar y cuántas horas tienes que trabajar
    2. su jefe controla las “condiciones” de su empleo: qué hace en el trabajo, cómo lo hace, dónde lo hace, qué ropa lleva, cuándo y si puede tomarse un descanso, etc.
    3. tu jefe te proporciona todas las herramientas y el equipo que necesitas para realizar tu trabajo; y
    4. tu jefe determina tu tarifa y forma de pago por el trabajo
  • 10

    ¿Puedo cobrar más si mi jefe me manda a casa antes de que acabe mi turno?

    A menos que trabaje habitualmente en turnos de menos de cuatro horas, su empresario debe pagarle al menos cuatro horas de trabajo por cada día que acuda al trabajo pero le envíen a casa o le den menos de cuatro horas de trabajo.

  • 11

    ¿Puedo cobrar más si tengo que esperar entre dos turnos seguidos?

    Su empresario está obligado a pagarle una hora más de trabajo (al salario mínimo interprofesional) por cada día que trabaje en “turno partido”. Un turno partido es un horario en el que no trabajas todas las horas seguidas y tienes que tomarte un descanso de más de una hora entre ellas.

Union
CONOZCA SUS DERECHOS

Robo de salarios

Si cree que le han negado sus derechos en el trabajo

Póngase en contacto con [email protected] o llame al (202) 702-8726

Más información